DECRETO por el que se abroga el Acuerdo por el que se instruyen diversas acciones a las dependencias que se indican, en relación a la importación definitiva de vehículos usados y se reforma el diverso por el que se fomenta la regularización de vehículos usados de procedencia extranjera, DOF 31/12/2025
DECRETO por el que se abroga el Acuerdo por el que se instruyen diversas acciones a las dependencias que se indican, en relación a la importación definitiva de vehículos usados y se reforma el diverso por el que se fomenta la regularización de vehículos usados de procedencia extranjera.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República.
CLAUDIA SHEINBAUM PARDO, Presidenta de los Estados Unidos Mexicanos, en ejercicio de la facultad que me confiere el artículo 89, fracción I, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con fundamento en los artículos 27, 30 Bis, 31 y 34 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 39, fracciones II y III, del Código Fiscal de la Federación; 19, fracción II, de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, y 10, párrafo quinto, de la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2025, y
CONSIDERANDO
Que el Gobierno Federal implementó diversas acciones para el ordenamiento del mercado de vehículos usados de procedencia extranjera ingresados al país, cuyo objeto principal fue otorgar certeza jurídica a los importadores o propietarios de estos, así como combatir la delincuencia y proteger a la ciudadanía ante el uso de vehículos no registrados e introducidos al país sin acreditar su legal estancia;
Que con el objeto de fomentar la regularización de vehículos usados de procedencia extranjera, que se encuentren en los estados de Baja California, Baja California Sur, Chihuahua, Coahuila de Zaragoza, Durango, Hidalgo, Jalisco, Michoacán de Ocampo, Nayarit, Nuevo León, San Luis Potosí, Sinaloa, Sonora, Tamaulipas, Tlaxcala y Zacatecas, entidades federativas que tienen un alto índice de población migrante en Estados Unidos de América y Canadá, se publicaron en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el «Acuerdo por el que se instruyen diversas acciones a las dependencias que se indican, en relación a la importación definitiva de vehículos usados» el 18 de octubre de 2021 (Acuerdo); el «Decreto por el que se fomenta la regularización de vehículos usados de procedencia extranjera» el 19 de enero de 2022, su fe de erratas el 21 de enero de 2022 y sus posteriores reformas del 27 de febrero, 20 de junio y 19 de septiembre, todas de 2022, vigente hasta el 31 de diciembre de ese año; así como el «Decreto por el que se fomenta la regularización de vehículos usados de procedencia extranjera» (Decreto), el 29 de diciembre de 2022 y sus posteriores modificaciones del 31 de marzo, 30 de junio, 29 de septiembre, 1 y 29 de diciembre, todas de 2023, 28 de marzo y 26 de septiembre ambas de 2024;
Que, de acuerdo con las cifras del Registro Público Vehicular, los citados decretos permitieron regularizar, al 25 de noviembre de 2025, dos millones novecientos ochenta y siete mil ochocientos treinta y nueve vehículos, con lo cual, se otorgó certeza jurídica y protección al patrimonio de la ciudadanía y se contribuyó a garantizar la seguridad pública, al contar con los medios para identificar a los propietarios de dichos vehículos y, con ello, evitar que estos se ocupen en la comisión de actos ilícitos;
Que, con lo anterior, se atendió la problemática que se encontraba presente al momento de la entrada en vigor del Acuerdo, lo que permitió incrementar el bienestar de la población y la seguridad, al brindar certeza al patrimonio de las familias más necesitadas otorgando igualdad de oportunidades y crecimiento;
Que en razón de que la finalidad del Decreto ya fue atendida, se considera que ya no es necesario continuar otorgando los beneficios establecidos en ese instrumento, lo que permitirá evitar que pueda derivar en malas prácticas, alejándose del propósito por el cual fue emitido, y
Que en la Ley Aduanera y demás ordenamientos jurídicos aplicables se establecen las disposiciones relativas a la regularización e importación definitiva de vehículos usados de procedencia extranjera, lo que otorga alternativas para continuar con el ordenamiento del parque vehicular que circula en el territorio nacional o bien que se pretenda introducir al mismo, he tenido a bien expedir el siguiente
DECRETO
PRIMERO. Se abroga el «Acuerdo por el que se instruyen diversas acciones a las dependencias que se indican, en relación a la importación definitiva de vehículos usados», publicado en el Diario Oficial de la Federación el 18 de octubre de 2021.
SEGUNDO. Se reforma el transitorio PRIMERO del «Decreto por el que se fomenta la regularización de vehículos usados de procedencia extranjera», publicado en el Diario Oficial de la Federación el 29 de diciembre de 2022 y sus posteriores modificaciones, para quedar como sigue:
«TRANSITORIOS
PRIMERO. El presente decreto entrará en vigor a partir del 1 de enero de 2023 y hasta el 31 de diciembre de 2025.
SEGUNDO a SEXTO …»
TRANSITORIO
ÚNICO. El presente decreto entra en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Dado en la residencia del Poder Ejecutivo Federal, en Ciudad de México, a 30 de diciembre de 2025.- Presidenta de los Estados Unidos Mexicanos, Claudia Sheinbaum Pardo.- Rúbrica.- Secretaria de Gobernación, Rosa Icela Rodríguez Velázquez.- Rúbrica.- Secretario de Seguridad y Protección Ciudadana, Omar Hamid García Harfuch.- Rúbrica.- Secretario de Hacienda y Crédito Público, Édgar Abraham Amador Zamora.- Rúbrica.- Secretario de Economía, Marcelo Luis Ebrard Casaubon.- Rúbrica.
