Modificación al Anexo 1-A de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2018 . DOF 30/11/2018
“Trámites Fiscales”
Contenido
I. Definiciones II. Trámites Código Fiscal de la Federación 1/CFF a 288/CFF 289/CFF Aviso de modificación o cancelación de la habilitación de terceros. |
Impuesto sobre la Renta
1/ISR a 137/ISR 138/ISR Autorización para que el remanente del patrimonio de los fideicomisos dedicados a la adquisición o construcción de inmuebles se invierta en activos permitidos. |
Impuesto al Valor Agregado
1/IVA a 10/IVA |
Impuesto Especial sobre Producción y Servicios
1/IEPS a 45/IEPS |
Impuesto Sobre Tenencia o Uso de Vehículos
1/ISTUV Impuesto Sobre Automóviles Nuevos 1/ISAN a 3/ISAN |
Ley de Ingresos de la Federación
1/LIF a 7/LIF |
Ley de Ingresos sobre Hidrocarburos
1/LISH a 10/LISH |
Del Decreto por el que se otorgan diversos beneficios fiscales a los contribuyentes que se indican, publicado en el DOF el 30 de octubre de 2003 y modificado mediante Decretos publicados en el DOF el 12 de enero de 2005, 12 de mayo, 28 de noviembre de 2006 y 4 de marzo de 2008
1/DEC-1 a ……………………………………………………………………………………………………………………………………………………………. 5/DEC-1 ……………………………………………………………………………………………………………………………………………………………. . |
Decreto que otorga facilidades para el pago de los impuestos sobre la renta y al valor agregado y condona parcialmente el primero de ellos, que causen las personas dedicadas a las artes plásticas de obras artísticas y antigüedades propiedad de particulares, publicado en el DOF el 31 de octubre de 1994 y modificado el 28 de noviembre de 2006 y 5 de noviembre de 2007
1/DEC-2 a ……………………………………………………………………………………………………………………………………………………………. 3/DEC-2 ……………………………………………………………………………………………………………………………………………………………. . |
Del Decreto por el que se fomenta la renovación del parque vehicular del autotransporte, publicado en el DOF el 26 de marzo de 2015
1/DEC-3 a 7/DEC-3 |
Decreto por el que se otorgan diversos beneficios fiscales a los contribuyentes de las zonas de los Estados de Campeche y Tabasco, publicado en el DOF el 11 de mayo de 2016
1/DEC-4 ……………………………………………………………………………………………………………………………………………………………. 2/DEC-4 ……………………………………………………………………………………………………………………………………………………………. |
Del Decreto por el que se otorgan estímulos fiscales para incentivar el uso de medios electrónicos de pago, publicado en el DOF el 08 de noviembre de 2018.
1/DEC-5 Aviso para participar en el sorteo “El Buen Fin” conforme al Decreto por el que se otorgan estímulos fiscales para incentivar el uso de medios electrónicos de pago. 2/DEC-5 Aviso para que se aplique la compensación permanente de fondos que deben presentar las Entidades Federativas. 3/DEC-5 Presentación del comprobante de pago a la Secretaría de Gobernación de aprovechamientos por premios no reclamados conforme al Decreto por el que se otorgan estímulos fiscales para incentivar el uso de medios electrónicos de pago. 4/DEC-5 Entrega de información que deben proporcionar las entidades participantes del sorteo “El Buen Fin” 5/DEC-5 Entrega de información que deben proporcionar las entidades participantes del sorteo “El Buen Fin” respecto de los premios entregados. 6/DEC-5 Entrega de información de premios pagados por entidad federativa. |
Del Decreto por el que establecen estímulos fiscales a la gasolina y el diésel en los sectores pesquero y agropecuario, publicado en el DOF el 30 de diciembre de 2015.
1/DEC-6 |
Del Decreto por el que se otorgan diversos beneficios fiscales a los contribuyentes de las zonas afectadas que se indican por el sismo ocurrido el 7 de septiembre de 2017, publicado en el DOF el 11 de septiembre de 2017.
1/DEC-7 a ……………………………………………………………………………………………………………………………………………………………….. 3/DEC-7 ……………………………………………………………………………………………………………………………………………………………….. |
Del Decreto por el que se otorgan diversos beneficios fiscales a los contribuyentes de las zonas afectadas que se indican por el sismo ocurrido el 19 de septiembre de 2017, publicado en el DOF el 2 de octubre de 2017.
1/DEC-8 a ……………………………………………………………………………………………………………………………………………………………….. 3/DEC-8 ……………………………………………………………………………………………………………………………………………………………….. |
Ley Federal de Derechos
1/DERECHOS ……………………………………………………………………………………………………………………………………………………………….. |
Código Fiscal de la Federación
……………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………….
289/CFF Aviso de modificación o cancelación de la habilitación de terceros |
¿Quiénes lo presentan?
· Personas físicas y morales que requieran modificar o cancelar la habilitación hecha a terceros para que, en su nombre realicen trámites y utilicen los servicios disponibles dentro de las aplicaciones del SAT. · Personas físicas y morales que requieran cancelar la aceptación de habilitación como tercero para que, en nombre de quien lo habilitó, realice trámites y utilice los servicios disponibles dentro de las aplicaciones del SAT. |
¿Dónde se presenta?
A través de buzón tributario. |
¿Qué documento se obtiene?
· Constancia de cancelación de habilitación y acuse digital, o · Registro de habilitación de terceros y acuse digital. |
¿Cuándo se presenta?
· Cuando el contribuyente requiera modificar o cancelar la habilitación hecha para que, en su nombre un tercero realice trámites y utilice los servicios disponibles dentro de las aplicaciones del SAT. · Cuando el contribuyente requiera cancelar la aceptación de habilitación como tercero para que, en nombre de quien lo habilitó, realice trámites y utilice los servicios disponibles dentro de las aplicaciones del SAT. |
Requisitos:
No se requiere presentar documentación. |
Condiciones:
Contar con e.firma, habilitaciones con estatus activas y buzón tributario activo. |
Información adicional:
1. Las personas físicas y morales que requieran modificar o cancelar la habilitación hecha a terceros para que, en su nombre realicen trámites y utilicen los servicios disponibles dentro de las aplicaciones del SAT, deberán realizar lo siguiente: · Para modificar la habilitación: I. Ingresar a la aplicación “Terceros Autorizados” en el buzón tributario, opción “Habilitaciones realizadas”. II. Seleccionar la habilitación a modificar. III. Realizar la modificación de los datos de la habilitación, pudiendo ser: a. Trámites y servicios habilitados. b. Periodo de vigencia de la habilitación. IV. La aplicación mostrará: a. El registro de habilitación de tercero, que se deberá firmar utilizando e.firma. b. El acuse digital. Al realizar la modificación se entiende como cancelada la habilitación previa. · Para cancelar la habilitación: I. Ingresar a la aplicación “Terceros Autorizados” en el buzón tributario, opción “Habilitaciones realizadas”. II. Seleccionar la habilitación a cancelar. III. Usar la opción “Cancelar” y firmar utilizando la e.firma. 2. Las personas físicas y morales que requieran cancelar la aceptación de habilitación como tercero para que, en nombre de quien lo habilitó, realice trámites y utilice los servicios disponibles dentro de las aplicaciones del SAT, deberán realizar lo siguiente: · Para cancelar la aceptación de habilitación: I. Ingresar a la aplicación “Terceros Autorizados” en buzón tributario, opción “Habilitaciones recibidas”. II. Seleccionar la habilitación a cancelar. III. Usa la opción “Cancelar” y firmar utilizando e.firma. |
Disposiciones jurídicas aplicables
Art. 19 CFF, 13 Reglamento del CFF, Regla 2.7.1.47. RMF. |
Impuesto sobre la Renta
……………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………..
138/ISR Autorización para que el remanente del patrimonio de los fideicomisos dedicados a la adquisición o construcción de inmuebles se invierta en activos permitidos |
¿Quiénes lo presentan?
Las fiduciarias de los fideicomisos dedicados a la adquisición o construcción de inmuebles. |
¿Dónde se presenta?
A través de buzón tributario. Hasta en tanto este trámite no se publique en la relación de promociones, solicitudes, avisos y demás información disponibles en el buzón tributario, el mismo deberá presentarse mediante escrito libre firmado por el contribuyente o su representante legal ante la ACAJNI, de conformidad con lo establecido en la regla 1.6. en relación con la regla 2.2.6. de la RMF. |
¿Qué documento se obtiene?
Acuse de recibo. En caso de cumplir con los requisitos: · Oficio de autorización. En caso de no cumplir: · Oficio negando la autorización. |
¿Cuándo se presenta?
Cuando el fideicomiso lo requiera y previo a que se pretenda invertir el remanente del patrimonio del fideicomiso dedicado a la adquisición o construcción de inmuebles en activos permitidos. |
Requisitos:
· Escrito libre dirigido a la ACAJNI que cumpla los requisitos establecidos en el artículo 18-A del CFF. · Los datos que permitan verificar que se dio cumplimiento al artículo 187, fracción VIII de la Ley del ISR. · Una explicación al detalle de las razones y motivos por los que se llevará a cabo la inversión de hasta el 5% del remanente del patrimonio del fideicomiso en activos permitidos. · La documentación con la que acredite que los montos que se pretendan invertir no exceden del 5% del remanente del patrimonio del fideicomiso, calculado de conformidad con la regla 3.21.3.5. · Proporcionar los montos y los datos relacionados con el efectivo y las cuentas por cobrar que no se computarán en el cálculo del por ciento de inversión. · La información y documentación con la que acredite que las inversiones que estima realizar son estrictamente indispensables para los fines del fideicomiso. · La documentación con la que acredite que las inversiones se efectuarán en activos que se destinarán a la administración del fideicomiso, a la operación y al mantenimiento de los bienes inmuebles construidos o adquiridos por dicho fideicomiso, así como al mobiliario para prestar el servicio de hospedaje. Dicha documentación deberá permitir identificar los activos de que se trate. · La información y documentación que permita corroborar que los activos monetarios se destinen a la operación y mantenimiento de los bienes inmuebles construidos o adquiridos por el fideicomiso. |
Condiciones
Contar con e.firma. |
Información adicional
El cumplimiento de los requisitos establecidos en esta ficha no limita que la ACAJNI pueda, con base en el análisis de la información y documentación proporcionada y en el ejercicio de sus atribuciones, emitir una resolución debidamente fundada y motivada negando la autorización. La resolución que autorice al fideicomiso a invertir el remanente del patrimonio en otros activos permitidos podrá quedar condicionada al cumplimiento de requisitos consistentes en la presentación de información y documentación, así como los que la autoridad emisora estime convenientes, para verificar el cumplimiento de las disposiciones aplicables. |
Disposiciones jurídicas aplicables
Arts. 18, 18-A, 19 CFF, 187 LISR, Reglas 1.6., 2.2.6., 3.21.3.4., 3.21.3.5., 3.21.3.11. RMF. |
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Del Decreto por el que se otorgan estímulos fiscales para incentivar el uso de medios electrónicos de pago, publicado en el DOF el 08 de noviembre de 2018.
1/DEC-5 Aviso para participar en el sorteo “El Buen Fin” conforme al Decreto por el que se otorgan estímulos fiscales para incentivar el uso de medios electrónicos de pago |
¿Quiénes lo presentan?
Las Entidades que pretendan participar con la entrega de premios en el sorteo “El Buen Fin”. |
¿Dónde se presenta?
En el Portal del SAT. |
¿Cuándo se presenta?
A más tardar 5 días antes del periodo que comprende “El Buen Fin”. |
¿Qué documento se obtiene?
Acuse de recibo. |
Requisitos:
Ninguno. |
Condiciones:
Contar con Contraseña o e.firma. |
Información adicional:
No aplica. |
Disposiciones jurídicas aplicables
Art. Primero DECRETO DOF 08/11/2018, Regla 11.5.1. RMF. |
2/DEC-5 Aviso para que se aplique la compensación permanente de fondos que deben presentar las Entidades Federativas |
¿Quiénes lo presentan?
Las Entidades Federativas por conducto de sus respectivos órganos hacendarios. |
¿Dónde se presenta?
En la Unidad de Coordinación con Entidades Federativas ubicada en Palacio Nacional s/n Edificio Polivalente, Piso 4, Col. Centro, Alcaldía Cuauhtémoc, C.P. 06000, Ciudad de México. |
¿Cuándo se presenta?
Cuando se requiera. |
¿Qué documento se obtiene?
Acuse de recibo. |
Requisitos:
Utilizar el formato “Carta de conformidad de los Sorteos”. |
Condiciones:
No aplica. |
Información adicional:
El modelo de escrito “Carta de conformidad de los Sorteos”, se encuentra en el numeral 9, del apartado B. “Formatos, cuestionarios, instructivos y catálogos aprobados”, contenido en el Anexo 1. |
Disposiciones jurídicas aplicables
Art. Primero DECRETO DOF 08/11/2018, Regla 11.5.2. RMF. |
3/DEC-5 Presentación del comprobante de pago a la Secretaría de Gobernación de aprovechamientos por premios no reclamados conforme al Decreto por el que se otorgan estímulos fiscales para incentivar el uso de medios electrónicos de pago |
¿Quiénes lo presentan?
Las Entidades participantes que entreguen premios en los sorteos. |
¿Dónde se presenta?
En el Portal del SAT. |
¿Cuándo se presenta?
Cuando se pretenda acreditar ese importe. |
¿Qué documento se obtiene?
Acuse de recibo. |
Requisitos:
Exhibir comprobante de pago de aprovechamientos. |
Condiciones:
Contar con Contraseña o e.firma. |
Información adicional:
No aplica. |
Disposiciones jurídicas aplicables
Art. Primero DECRETO DOF 08/11/2018, Regla 11.5.4. RMF. |
4/DEC-5 Entrega de información que deben proporcionar las entidades participantes del sorteo “El Buen Fin” |
¿Quiénes lo presentan?
Las Entidades participantes del sorteo “El Buen Fin”. |
¿Dónde se presenta?
En la red privada que el SAT dé a conocer a las Entidades. |
¿Cuándo se presenta?
A más tardar el 26 de noviembre de 2018. |
¿Qué documento se obtiene?
Confirmación de recepción de información. |
Requisitos:
Proporcionar al SAT, la siguiente información: · Número identificador de la entidad participante emisora de la tarjeta respectiva. · Fecha de la transacción realizada por el tarjetahabiente persona física en formato DDMMAA. · Número completo de la tarjeta del participante. · Importe total de la transacción expresado en pesos hasta dos decimales. · Número de autorización de la venta. · Número generado por el punto de venta o las últimas 12 posiciones de la referencia de 23 posiciones del estado de cuenta. |
Condiciones:
No aplica. |
Información adicional:
No aplica. |
Disposiciones jurídicas aplicables
Arts. Primero, Segundo DECRETO DOF 08/11/2018, Regla 11.5.7. RMF. |
5/DEC-5 Entrega de información que deben proporcionar las entidades participantes del sorteo “El Buen Fin” respecto de los premios entregados |
¿Quiénes lo presentan?
Las Entidades participantes del sorteo “El Buen Fin”. |
¿Dónde se presenta?
En la red privada que el SAT dé a conocer a las Entidades. |
¿Cuándo se presenta?
A más tardar el 2 de enero de 2019. |
¿Qué documento se obtiene?
Confirmación de recepción de información. |
Requisitos:
Proporcionar al SAT, la siguiente información: · Los datos establecidos en la ficha 4/DEC-5 “Entrega de información que deben proporcionar las entidades participantes del sorteo “El Buen Fin”. · Importe del premio efectivamente entregado expresado en pesos hasta dos decimales. · Número de referencia de 23 posiciones del estado de cuenta. · Código de aplicación del premio. |
Condiciones:
No aplica. |
Información adicional:
La información requerida en la presente ficha deberá presentarse con independencia de la información proporcionada conforme a la ficha de trámite 4/DEC-5 Entrega de información que deben proporcionar las entidades participantes del sorteo “El Buen Fin”. |
Disposiciones jurídicas aplicables
Arts. Primero, Segundo DECRETO DOF 08/11/2018, Regla 11.5.8. RMF. |
6/DEC-5 Entrega de información de premios pagados por entidad federativa |
¿Quiénes lo presentan?
Las Entidades participantes del sorteo “El Buen Fin”. |
¿Dónde se presenta?
En la red privada que el SAT dé a conocer a las Entidades. |
¿Cuándo se presenta?
A más tardar el 8 de enero de 2019. |
¿Qué documento se obtiene?
Confirmación de recepción de información. |
Requisitos:
Proporcionar al SAT, la siguiente información: · Los datos establecidos en la ficha 5/DEC-5 “Entrega de información que deben proporcionar las entidades participantes del sorteo “El Buen Fin” respecto de los premios entregados”. · Nombre de la Entidad Federativa, municipio y/o Código Postal asociado al domicilio de las tarjetas ganadoras. |
Condiciones:
No aplica. |
Información adicional:
La información requerida en la presente ficha deberá presentarse con independencia de la información proporcionada conforme a la ficha de trámite 5/DEC-5 “Entrega de información que deben proporcionar las entidades participantes del sorteo “El Buen Fin” respecto de los premios entregados”. |
Disposiciones jurídicas aplicables
Arts. Primero, Cuarto DECRETO DOF 08/11/2018, Regla 11.5.9. RMF. |
Atentamente.
Ciudad de México, a 22 de noviembre de 2018.- El Jefe del Servicio de Administración Tributaria, Osvaldo Antonio Santín Quiroz.- Rúbrica.
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