Anexo 7 «Compilación de CRITERIOS NORMATIVOS FISCALES», DOF 5/01/2024.
ANEXO 7 DE LA RESOLUCIÓN MISCELÁNEA FISCAL PARA 2024
Compilación de criterios normativos fiscales
Para los efectos de los artículos 33, penúltimo párrafo y 35 del CFF, en relación con la regla 1.9., fracción VI, se dan a conocer los criterios normativos en materia de impuestos internos, conforme a lo siguiente:
Contenido
| A. Vigentes: | 
| I. Criterios del CFF | 
| 1/CFF/N Crédito fiscal. Es firme cuando han transcurrido los términos legales para su impugnación, exista desistimiento a este o su resolución ya no admita medio de defensa alguno. | 
| 2/CFF/N Normas sustantivas. Reúnen esta característica las aplicables para determinar la pérdida fiscal. | 
| 3/CFF/N Principios de contabilidad generalmente aceptados y normas de información financiera. Su aplicación. | 
| 4/CFF/N Momento en que se lleva a cabo la fusión, para efectos de la presentación del aviso de cancelación en el RFC por fusión de sociedades. | 
| 5/CFF/N Regalías por el uso o goce temporal de derechos de autor sobre obras literarias, artísticas o científicas. Los pagos que se realicen en virtud de cualquier acto jurídico que tenga por objeto la distribución de una obra tienen dicho carácter. | 
| 6/CFF/N Pesca deportiva. Los servicios turísticos que prestan las embarcaciones se consideran actividades comerciales. | 
| 7/CFF/N Aplicación de las cantidades pagadas en devoluciones en cantidades menores a la cantidad solicitada. | 
| 8/CFF/N Medidas de apremio. Es necesario agotarlas en estricto orden, antes de proceder penalmente por los delitos de desobediencia o resistencia a un mandato de autoridad. | 
| 9/CFF/N Visitas domiciliarias para verificar el cumplimiento de obligaciones fiscales. No se requiere que se levanten actas parciales y acta final. | 
| 10/CFF/N Discrepancia fiscal. El resultado de la comprobación se dará a conocer mediante oficio y, en su caso, en la última acta parcial o complementaria. | 
| 11/CFF/N Garantía del interés fiscal. Están relevadas de otorgarla las instituciones que conforman el Sistema Bancario Mexicano. | 
| 12/CFF/N Suspensión del plazo de caducidad cuando se hacen valer medios de defensa. | 
| 13/CFF/N Caducidad de las facultades de la autoridad fiscal. La suspensión del plazo con motivo de la interposición de algún recurso administrativo o juicio, debe considerarse independiente del plazo de diez años. | 
| 14/CFF/N Infracciones. Aplicación de las multas establecidas en el CFF. | 
| 15/CFF/N Declaración de nulidad lisa y llana o la revocación de la resolución correspondiente no desvirtúa el cumplimiento espontáneo. | 
| 16/CFF/N Imposición de multas. Determinación de la multa aplicable por la omisión en el entero de diversas contribuciones y en la presentación de declaraciones. | 
| 17/CFF/N Supuestos de infracción relacionados con la obligación de presentar la información correspondiente sobre el pago, retención, acreditamiento y traslado del IVA en las operaciones con proveedores. | 
| 18/CFF/N Recursos administrativos. Formulario múltiple de pago, cartas invitación o citatorio. No son resoluciones que afecten el interés jurídico de los contribuyentes. | 
| 19/CFF/N Remoción del depositario. El recurso de revocación es improcedente. | 
| 20/CFF/N Notificación por correo certificado. Para su validez debe estarse a lo señalado en la Ley del Servicio Postal Mexicano. | 
| 21/CFF/N Notificación en los términos del artículo 134, fracción I del CFF. Establece tres medios alternativos entre sí. | 
| 22/CFF/N Embargo en la vía administrativa. No es necesario volver a embargar el bien. | 
| 23/CFF/N Suspensión del plazo de caducidad derivado de la interposición de un recurso administrativo o juicio. | 
| 24/CFF/N Contribuciones retenidas. Cuando el retenedor, no la efectúe y asuma el adeudo o las pague, podrá obtener los beneficios legales propios de los contribuyentes. | 
| 25/CFF/N Devoluciones indebidas, al tener su origen en una contribución, conservan la naturaleza jurídica de esta. | 
| 26/CFF/N Definiciones de saldo a favor y pago de lo indebido. | 
| 27/CFF/N Acuerdo Conclusivo. Concepto de calificación de hechos u omisiones. | 
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