ANEXO 7 «Compilación de criterios normativos fiscales» RM 2026, DOF 09/01/2026
ANEXO 7 DE LA RESOLUCIÓN MISCELÁNEA FISCAL PARA 2026
Compilación de criterios normativos fiscales
Para los efectos de los artículos 33, penúltimo párrafo y 35 del CFF, en relación con la regla 1.4., fracción VII, se dan a conocer los criterios normativos en materia de impuestos internos, conforme a lo siguiente:
Contenido
| A. Vigentes: |
| I. Criterios del CFF |
| 1/CFF/N Crédito fiscal. Es firme cuando han transcurrido los términos legales para su impugnación, exista desistimiento a este o su resolución ya no admita medio de defensa alguno. |
| 2/CFF/N Normas sustantivas. Reúnen esta característica las aplicables para determinar la pérdida fiscal. |
| 3/CFF/N Principios de contabilidad generalmente aceptados y normas de información financiera. Su aplicación. |
| 4/CFF/N Momento en que se lleva a cabo la fusión, para efectos de la presentación del aviso de cancelación en el RFC por fusión de sociedades. |
| 5/CFF/N Regalías por el uso o goce temporal de derechos de autor sobre obras literarias, artísticas o científicas. Los pagos que se realicen en virtud de cualquier acto jurídico que tenga por objeto la distribución de una obra tienen dicho carácter. |
| 6/CFF/N Pesca deportiva. Los servicios turísticos que prestan las embarcaciones se consideran actividades comerciales. |
| 7/CFF/N Aplicación de las cantidades pagadas en devoluciones en cantidades menores a la cantidad solicitada. |
| 8/CFF/N Medidas de apremio. Es necesario agotarlas en estricto orden, antes de proceder penalmente por los delitos de desobediencia o resistencia a un mandato de autoridad. |
| 9/CFF/N Visitas domiciliarias para verificar el cumplimiento de obligaciones fiscales. No se requiere que se levanten actas parciales y acta final. |
DESCARGA EL DOCUMENTO COMPLETO AQUÍ
