SEGUNDA MODIFICACIÓN AL ANEXO 1 «FORMATOS», DOF 23/11/2023

SEGUNDA MODIFICACIÓN AL ANEXO 1 DE LA RESOLUCIÓN MISCELÁNEA FISCAL PARA 2023
Contenido
A. Formas oficiales aprobadas.
1. a 10.
B. Formatos, cuestionarios, instructivos y catálogos aprobados.
1.
1.1.
2. Modelo de escrito de “Carta de conformidad de los Sorteos”.
2.1. Modelo de escrito de “Carta Compromiso de Transmisión de Información y Aceptación de las Condiciones del Sorteo El Buen Fin”.
3. a 4.
C. Listados de información que deberán contener las formas oficiales que publiquen las entidades federativas.
1.

 

B. Formatos, cuestionarios, instructivos y catálogos aprobados.

1.
1.1.
2. Modelo de escrito de “Carta de conformidad de los Sorteos”.
Nombre de la entidad
Datos del comunicado (No. de expediente, No. de oficio, etc.)
(Lugar y fecha)
C. SECRETARIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO
El “Decreto por el que se otorgan estímulos fiscales para incentivar el uso de medios de pago electrónicos” (Decreto), publicado en el DOF el 04 de octubre de 2023, establece que el monto de los impuestos estatales que se generen por la obtención de los premios del Sorteo que lleve a cabo el Servicio de Administración Tributaria, será cubierto por la Federación a la entidad federativa en donde se entregue el premio correspondiente, a través del procedimiento de compensación permanente de fondos a que se refiere el artículo 15, segundo párrafo de la Ley de Coordinación Fiscal y establecido en los convenios de colaboración administrativa en materia fiscal federal que tienen celebrados las entidades federativas adheridas al Sistema Nacional de Coordinación Fiscal.

El Decreto antes mencionado señala que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público informará a la entidad federativa, los montos que le correspondan a ésta y, en su caso, a sus municipios, derivados de la aplicación de los impuestos locales por la obtención de los premios del Sorteo, de conformidad con las reglas de carácter general que establezca el Servicio de Administración Tributaria para tales efectos.
Asimismo, la regla 11.4.1. de la Octava Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2023, dispone que las entidades federativas deberán manifestar mediante escrito, por conducto de sus respectivos órganos hacendarios, a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, su conformidad para que se aplique el procedimiento de compensación permanente de fondos a que se refiere el artículo 15, segundo párrafo de la Ley de Coordinación Fiscal, y establecido en la sección IV de los convenios de colaboración administrativa en materia fiscal federal que tienen celebrados las entidades federativas.
Por lo anterior, con fundamento en lo dispuesto por los artículos____________________ y demás disposiciones relativas aplicables, en el Estado de ________________________ a través del, _______________________ Secretario de __________________________________, manifiesta el consentimiento, sin reserva alguna, para la aplicación de todos y cada uno de los términos previstos en el Artículo Cuarto del “Decreto”, respecto al esquema de compensación ahí señalado, y para que por nuestro conducto sean entregados los montos que correspondan a los municipios de esta entidad federativa, derivados de la aplicación de sus respectivos impuestos municipales que, en su caso, se generen con motivo de la obtención de los premios del Sorteo.
Por último, se hace de su conocimiento que la entidad federativa que represento manifiesta que para la adopción y formalización de los compromisos contenidos en este documento se ha cumplido con las disposiciones legales y administrativas aplicables.

2.1. Modelo de escrito de “Carta Compromiso de Transmisión de Información y Aceptación de las Condiciones del Sorteo El Buen Fin”
Datos de la Entidad financiera (Emisor/Adquirente)
RFC:
Denominación o Razón Social:
Nombre comercial:
Nombre y medios de contacto del Representante Legal (correo electrónico y teléfono l.)
Lugar y fecha
Por este medio, en nombre de mi representada citada al rubro, manifiesto que ingresé a la página de Internet del Servicio de Administración Tributaria (SAT) www.sat.gob.mx, en la sección Mi portal del apartado de Otros trámites y Servicios, para informar que participará como Institución Pagadora de Premios en el Sorteo “El Buen Fin” 2023 que organizará el SAT, conforme al “Decreto por el que se otorgan estímulos fiscales para incentivar el uso de medios de pago electrónicos” (Decreto), publicado en el DOF el 04 de octubre de 2023, que conozco y acepto las bases, términos, condiciones y mecánica de participación de dicho Sorteo, el cual promueve la utilización de medios de pago electrónicos en la adquisición de bienes y servicios durante el periodo comprendido del 17 al 20 de noviembre de 2023, mismo que se encuentra contenido en el programa “El Buen Fin”; por lo anterior, manifiesto que mi representada cuenta con registro en el portal del www.elbuenfin.org, opinión de cumplimiento positiva en términos de lo dispuesto en el artículo 32- D del Código Fiscal de la Federación y Buzón Tributario Activo, en términos de la regla 2.2.7. de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2023.
Sobre el particular, mi representada se compromete a transmitir al SAT la información, en los plazos que corresponden, pudiendo auxiliarse de la (cámara de compensación y/o empresa especializada) razón social completa (nombre comercial) con la que tenga celebrado un contrato, de conformidad con lo siguiente:
(Para Emisores)
Las transacciones originadas por personas físicas (tarjetahabientes), en el periodo comprendido del 17 al 20 de noviembre de 2023 (“El Buen Fin”) con nuestras tarjetas, emitidas por (razón social de la entidad financiera) con:
Número de identificación o FIID. BINES
(6 posiciones) Rango
(00 al 99) Naturaleza
(crédito o débito)

(Para Adquirentes)
Las afiliaciones que se encuentran vigentes al 16 de noviembre de 2023 con terminales punto de venta asignadas o distribuidas por (razón social de la entidad financiera) con número de identificación de la Base Única (XXXXXX) o FIID (XXXXXX) y operadas por receptores de medios de pago electrónicos participantes: personas físicas o morales que enajenen bienes y/o presten servicios aceptando como contraprestación por ellos, medios de pago electrónicos en el periodo del 17 al 20 de noviembre del 2023 de acuerdo a las bases, términos, condiciones y mecánica de participación de dicho Sorteo.
La información que se transmita al SAT, servirá de base para que los respectivos (tarjetahabientes/comercios) participen en el Sorteo “El Buen Fin” 2023, ello conforme al proceso que para tal efecto se establezca en las bases, términos, condiciones y mecánica de participación y en las reglas de carácter general que para tal efecto emita el SAT.
Las obligaciones de mi representada (razón social de la entidad financiera) para hacer el pago de premios a los ganadores (tarjetahabientes/comercios) derivados del Sorteo “El Buen Fin” 2023, así como de presentar el comprobante de pago a la Secretaría de Gobernación (SEGOB) de aprovechamientos por premios no reclamados y de realizar la transmisión de la información referida en el segundo párrafo de la presente, se efectuará de conformidad con el Decreto, y a las reglas de carácter general que para tal efecto emita el SAT.
La promoción del Sorteo “El Buen Fin” 2023 que organice el SAT, no está patrocinada, avalada, administrada, ni asociada en algún modo a mi representada (razón social de la entidad financiera. Los (tarjetahabientes/comercios) participantes en el Sorteo sólo utilizarán los medios de pago electrónicos para acceder a dicho Sorteo, sin que la información pueda ser utilizada por el SAT para fines distintos a los del propio del Sorteo.
Con base en lo antes expuesto, manifiesto que la información que mi representada proporcionará cumplirá con los requisitos técnicos y de seguridad establecidos en las bases, términos, condiciones y mecánica de participación; así como en el Decreto, y en las reglas de carácter general que para tal efecto emita el SAT.
Nombre y Firma del Representante Legal
(Razón social y nombre comercial de la Entidad financiera (Emisor/Adquirente))
3. a 4.

Atentamente.
Ciudad de México, a 13 de noviembre de 2023.- En suplencia por ausencia del Jefe del Servicio de Administración Tributaria, con fundamento en el artículo 4, primer párrafo del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria, firma el Administrador General Jurídico, Lic. Ricardo Carrasco Varona.- Rúbrica.

 

www.contaduria.org.mx 

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