ACUERDO por el que se da a conocer la actualización de los montos establecidos en los artículos 1067 Bis fracción II, 1253 fracción VI, 1339, 1340 y 1390 Bis 33 del Código de Comercio. DOF 26/12/2025
ACUERDO por el que se da a conocer la actualización de los montos establecidos en los artículos 1067 Bis fracción II, 1253 fracción VI, 1339, 1340 y 1390 Bis 33 del Código de Comercio.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Economía.
MARCELO LUIS EBRARD CASAUBON, Secretario de Economía, con fundamento en los artículos 34, fracción XXXIII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1067 Bis, fracción II, 1253, fracción VI, 1339, 1340 y 1390 Bis 33 del Código de Comercio; 4 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, y 5, fracción XVII, del Reglamento Interior de la Secretaria de Economía, y
CONSIDERANDO
Que de conformidad con lo establecido en los artículos 1067 Bis, fracción II, 1253 fracción VI, 1339, 1340 y 1390 Bis 33 del Código de Comercio, corresponde a la Secretaría de Economía actualizar cada año los montos señalados en dichos preceptos legales, conforme a la inflación anual basándose en la variación observada en el valor del Índice Nacional de Precios al Consumidor que da a conocer el Instituto Nacional de Estadística y Geografía, entre la última actualización de dicho monto y el mes de noviembre del año en cuestión;
Que el 10 de diciembre de 2024, se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el Índice Nacional de Precios al Consumidor del mes de noviembre de 2024, mismo que corresponde a 137.424 puntos;
Que el 30 de diciembre de 2024, se publicó en el DOF el Acuerdo por el que se da a conocer la actualización de los montos establecidos en los artículos 1067 Bis fracción II, 1253 fracción VI, 1339, 1340 y 1390 Bis 33 del Código de Comercio, el cual entró en vigor el 1 de enero de 2025;
Que el 10 de diciembre de 2025, se publicó en el DOF el Índice Nacional de Precios al Consumidor del mes de noviembre de 2025, mismo que corresponde a 142.645 puntos;
Que la inflación anual acumulada de noviembre de 2024 a noviembre de 2025 fue de 3.80 por ciento, y
Que con el propósito de actualizar los montos referidos en el Código de Comercio, se expide el siguiente
ACUERDO POR EL QUE SE DA A CONOCER LA ACTUALIZACIÓN DE LOS MONTOS ESTABLECIDOS
EN LOS ARTÍCULOS 1067 BIS FRACCIÓN II, 1253 FRACCIÓN VI, 1339, 1340 Y 1390 BIS 33 DEL CÓDIGO
DE COMERCIO
ÚNICO. Los montos actualizados correspondientes a los artículos 1067 Bis, fracción II; 1253 fracción VI; 1339; 1340 y 1390 Bis 33, del Código de Comercio, son los siguientes:
I. Artículo 1067 Bis, fracción II: $11,090.5323 (once mil noventa pesos 5323/100 M.N.)
(multa medida de apremio por parte del juez)
II. Artículo 1253, fracción VI: $5,545.7624 (cinco mil quinientos cuarenta y cinco pesos 7624/100 M.N.)
(sanción a peritos omisos)
III. Artículo 1339: $924,302.3782 (novecientos veinticuatro mil trecientos dos pesos 3782/100 M.N.)
(monto de la suerte del principal para resoluciones irrecurribles)
IV. Artículo 1340: $924,293.38 (novecientos veinticuatro mil doscientos noventa y tres pesos 38/100 M.N.)
(Monto por el cual la apelación no procede en juicios mercantiles cuando por su monto se ventilen en los juzgados de paz)
V. Artículo 1390 Bis 33: $3,113.62 (tres mil ciento trece pesos 62/100 M.N.) a $10,051.06 (diez mil cincuenta y un pesos 06/100 M.N.)
(sanción por no acudir a audiencia preliminar)
TRANSITORIO
ÚNICO. El presente Acuerdo entra en vigor el 1 de enero de 2026.
Ciudad de México, a 17 de diciembre de 2025.- El Secretario de Economía, Marcelo Luis Ebrard Casaubon.- Rúbrica.
