CONVENIO por el que se prorroga la vigencia del diverso que celebran la SHCP y el Estado de Sonora, para la internación e importación temporal de vehículos al Estado de Sonora, publicado el 25 de noviembre de 2005. DOF 28/12/2022

CONVENIO por el que se prorroga la vigencia del diverso que celebran la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y el Estado de Sonora, para la internación e importación temporal de vehículos al Estado de Sonora, publicado el 25 de noviembre de 2005.

CONVENIO POR EL QUE SE PRORROGA LA VIGENCIA DEL DIVERSO QUE CELEBRAN EL GOBIERNO FEDERAL, POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO Y EL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE SONORA, PARA LA INTERNACIÓN E IMPORTACIÓN TEMPORAL DE VEHÍCULOS AL ESTADO DE SONORA, PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL 25 DE NOVIEMBRE DE 2005.

El Gobierno Federal, a través de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a la que en lo sucesivo se le denominará la «Secretaría», representada por su Titular el C. Rogelio Eduardo Ramírez de la O y el Gobierno del Estado Libre y Soberano de Sonora, al que en lo sucesivo se le denominará el «Estado», representado por el C. Francisco Alfonso Durazo Montaño, en su carácter de Gobernador Constitucional de dicho Estado, han decidido celebrar el presente Convenio, de conformidad con los siguientes artículos de la legislación federal, 26 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 31, fracciones XII y XXXII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y 4o. y 6o., fracción XXVI del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, así como en los artículos de la legislación estatal siguientes, 79, fracciones XVI y XLI de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Sonora, y 2o. y 9o. de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Sonora, y en la cláusula novena del Convenio que celebran el Gobierno Federal, por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y el Gobierno del Estado Libre y Soberano de Sonora, para la internación e importación temporal de vehículos al Estado de Sonora, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 25 de noviembre de 2005, en los términos de los antecedentes y cláusula siguientes:

ANTECEDENTES

El 25 de noviembre de 2005 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Convenio que celebran el Gobierno Federal, por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y el Gobierno del Estado Libre y Soberano de Sonora, para la internación e importación temporal de vehículos al Estado de Sonora;

El objeto del Convenio antes citado es el de apoyar y facilitar los trámites que deben cumplir los extranjeros y los mexicanos residentes en el extranjero para internar temporalmente sus vehículos al Estado sin el otorgamiento de fianza o depósito para garantizar su retorno, siempre que circulen exclusivamente por el Noroeste del territorio del Estado;

Que de conformidad con el diverso publicado en el Diario Oficial de la Federación el 28 de diciembre de 2021, la vigencia del Convenio de mérito concluye el 31 de diciembre de 2022, previéndose la posibilidad de prorrogarse por el tiempo que establezcan ambas partes, y

Que en ese contexto, la Secretaría y el Estado han considerado conveniente dar continuidad a las facilidades para la internación e importación temporal de vehículos al Estado de Sonora, por lo que han acordado celebrar el presente instrumento para prorrogar la vigencia del Convenio en cita, de conformidad con la siguiente:

CLÁUSULA

ÚNICA.- Se prorroga hasta el 31 de diciembre de 2023 la vigencia del “Convenio que celebran el Gobierno Federal, por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y el Gobierno del Estado Libre y Soberano de Sonora, para la internación e importación temporal de vehículos al Estado de Sonora”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 25 de noviembre de 2005.

TRANSITORIO

ÚNICO.- El presente Convenio entrará en vigor a partir del día siguiente al de su suscripción y se publicará en el Boletín Oficial del Estado y en el Diario Oficial de la Federación.

El presente Convenio se firma en cinco ejemplares igualmente válidos, en la Ciudad de México, el 21 de diciembre de dos mil veintidós.- El Secretario de Hacienda y Crédito Público, Rogelio Eduardo Ramírez  de la O.- Rúbrica.- El Gobernador Constitucional del Estado de Sonora, Francisco Alfonso Durazo Montaño.- Rúbrica.

 

www.contaduria.org.mx 

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