CONVOCATORIA para la certificación en materia de prevención de operaciones con recursos de procedencia ilícita y financiamiento al terrorismo.
CONVOCATORIA para la certificación en materia de prevención de operaciones con recursos de procedencia ilícita y financiamiento al terrorismo.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Hacienda.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Comisión Nacional Bancaria y de Valores.
La Comisión Nacional Bancaria y de Valores, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 4, fracciones X, X Bis, XXXVI y XXXVIII y 16, fracción I de la Ley de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, así como 1, 4 y 5 de las «Disposiciones de carácter general para la certificación de auditores externos independientes, oficiales de cumplimiento y demás profesionales en materia de prevención de operaciones con recursos de procedencia ilícita y financiamiento al terrorismo», publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 1 de noviembre de 2019, emite la siguiente:
CONVOCATORIA PARA LA CERTIFICACIÓN EN MATERIA DE PREVENCIÓN DE OPERACIONES CON RECURSOS
DE PROCEDENCIA ILÍCITA Y FINANCIAMIENTO AL TERRORISMO
La presente convocatoria, relativa al proceso de obtención y renovación del certificado en materia de prevención de operaciones con recursos de procedencia ilícita y financiamiento al terrorismo (Certificado en materia de PLD/FT), se encuentra dirigida a:
I. Los oficiales de cumplimiento, auditores externos independientes, auditores internos y otros profesionales que presten sus servicios en las entidades financieras y demás personas sujetas a la supervisión de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, con la finalidad de verificar el cumplimiento de las leyes financieras y disposiciones que emanen de ellas en materia de prevención, detección y reporte de actos, omisiones u operaciones que pudiesen ubicarse en los supuestos de los artículos 139 Quáter o 400 Bis del Código Penal Federal.
II. Los auditores y demás profesionales que coadyuven con la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, cuando esta los contrate para la verificación del cumplimiento de las leyes financieras y disposiciones que emanen de ellas en materia de prevención, detección y reporte de actos, omisiones u operaciones que pudiesen ubicarse en los supuestos de los artículos 139 Quáter o 400 Bis del Código Penal Federal.
III. Aquellas personas que cumplan con lo establecido en las «Disposiciones de carácter general para la certificación de auditores externos independientes, oficiales de cumplimiento y demás profesionales en materia de prevención de operaciones con recursos de procedencia ilícita y financiamiento al terrorismo» (Disposiciones para la Certificación), publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 1 de noviembre de 2019.
IV. Aquellas personas interesadas en renovar su Certificado en materia de PLD/FT.
BASES DE PARTICIPACIÓN
PRIMERA.- Las personas interesadas en obtener o renovar el Certificado en materia de PLD/FT se sujetarán a lo previsto en las Disposiciones para la Certificación, que tienen por objeto establecer los requisitos y el proceso aplicables para tales efectos.
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