DECRETO por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la LFRCF y de la LGCG. DOF 14/05/2026
DECRETO por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación y de la Ley General de Contabilidad Gubernamental.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República.
CLAUDIA SHEINBAUM PARDO, Presidenta de los Estados Unidos Mexicanos, a sus habitantes sabed:
Que el Honorable Congreso de la Unión, se ha servido dirigirme el siguiente
DECRETO
«EL CONGRESO GENERAL DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, DECRETA:
SE REFORMAN, ADICIONAN Y DEROGAN DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA LEY DE FISCALIZACIÓN Y RENDICIÓN DE CUENTAS DE LA FEDERACIÓN Y DE LA LEY GENERAL DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL
Artículo Primero. Se reforman los artículos 10, fracción I; 17, párrafo segundo de la fracción XI; 22; 40, fracciones IV, VI; 41; 59, primer párrafo; 61, primer párrafo; 62; 65; 67, primer párrafo; 71, primer párrafo, 87; 89, último párrafo; 90; 91, primer párrafo; 92, primer párrafo; 94, segundo párrafo; 95; 100, primer párrafo; 102; 104, fracción III, se adicionan el artículo 12 Bis; la fracción XI Bis al artículo 17; un segundo párrafo al artículo 41; un tercer, cuarto y quinto párrafos al artículo 47; un Título Cuarto Bis que comprende el artículo 66 Bis; y se deroga la fracción XXIII del artículo 89, de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación, para quedar como sigue:
Artículo 10.- La Auditoría Superior de la Federación podrá imponer multas, conforme a lo siguiente:
I. Cuando los servidores públicos y las personas físicas no atiendan total, parcialmente o por omisión, los requerimientos a que se refiere el artículo precedente, salvo que exista disposición legal o mandato judicial que se los impida, o por causas ajenas a su responsabilidad, la Auditoría Superior de la Federación podrá imponerles una multa mínima de ciento cincuenta a una máxima de dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización;
II. a VII. …
Artículo 12 Bis.- La Auditoría Superior de la Federación coordinará y administrará un Registro de Información y Datos relacionados con los Recursos Federales, incluyendo las participaciones federales, en el que los entes públicos deberán aportar la información que para tal efecto se establezca.
Artículo 17.- …
I. a X. …
XI. …
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