IMSS; se declaran inhábiles para la práctica de actuaciones, diligencias, audiencias, notificaciones o requerimientos, 17/12/2020 al 6/01/2021.

ACUERDO número ACDO.SA2.HCT.141220/333.P.DIR, dictado por el H. Consejo Técnico en sesión permanente, en reunión de libros, de 14 de diciembre de 2020, por el que se autoriza, en el ámbito de competencia de la Dirección de Incorporación y Recaudación, declarar como inhábiles para la práctica de actuaciones, diligencias, audiencias, notificaciones o requerimientos los días comprendidos del 17 de diciembre de 2020 al 6 de enero de 2021, periodo durante el cual no correrá plazo ni término alguno.

DOF 18/12/2020

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- GOBIERNO DE MÉXICO.- Instituto Mexicano del Seguro Social.- Secretaría del Honorable Consejo Técnico.

El H. Consejo Técnico, derivado de que a partir del día 25 de marzo del presente año, se encuentra en sesión permanente, en reunión en libros celebrada el día 14 de diciembre de 2020, dictó el Acuerdo ACDO.SA2.HCT.141220/333.P.DIR, en los siguientes términos:

«Este Consejo Técnico, con fundamento en los artículos 251, fracciones IV y XXXVII, 263 y 264, fracciones III, XIV y XVII, de la Ley del Seguro Social; 5 y 57, de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; y 31, fracciones II y XX, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social; y de conformidad con el planteamiento presentado por el Director General, por conducto de la persona Titular de la Dirección de Incorporación y Recaudación, en términos del oficio número 101, de fecha 14 de diciembre de 2020, 

Acuerda:

Primero.– En el ámbito de competencia de la Dirección de Incorporación y Recaudación, se declaran inhábiles para la práctica de actuaciones, diligencias, audiencias, notificaciones o requerimientos los días comprendidos del 17 de diciembre de 2020 al 06 de enero de 2021, periodo durante el cual no correrá plazo ni término alguno. 

Segundo.- Para los fines institucionales pertinentes, el presente Acuerdo entrara en vigor el propio 17 de diciembre de 2020.

Tercero.– Instruir a la persona Titular de la Dirección Jurídica, para que realice los trámites necesarios ante las instancias competentes para la publicación, tan pronto como las circunstancias lo permitan, del presente Acuerdo en el Diario Oficial de la Federación».

Atentamente,

Ciudad de México, a 14 de diciembre de 2020.- El Secretario General, Javier Guerrero García.- Rúbrica.

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