
LEY NACIONAL PARA ELIMINAR TRÁMITES BUROCRÁTICOS, DOF 16/07/2025.
DECRETO por el que se expide la Ley Nacional para Eliminar Trámites Burocráticos.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República.
CLAUDIA SHEINBAUM PARDO, Presidenta de los Estados Unidos Mexicanos, a sus habitantes sabed:
Que el Honorable Congreso de la Unión, se ha servido dirigirme el siguiente
DECRETO
«EL CONGRESO GENERAL DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, DECRETA:
SE EXPIDE LA
LEY NACIONAL PARA ELIMINAR TRÁMITES BUROCRÁTICOS
Artículo Único.- Se expide la Ley Nacional para Eliminar Trámites Burocráticos, para quedar como sigue:
LEY NACIONAL PARA ELIMINAR TRÁMITES BUROCRÁTICOS
TÍTULO PRIMERO
DISPOSICIONES GENERALES
Capítulo I
Objeto de la Ley
Artículo 1. La presente Ley es reglamentaria del artículo 25 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de simplificación administrativa y digitalización de Trámites y Servicios, buenas prácticas regulatorias, desarrollo y fortalecimiento de capacidades tecnológicas públicas en los tres órdenes de gobierno; sus disposiciones son de orden público e interés social y de observancia general en todo el territorio nacional.
Este ordenamiento no será aplicable a las materias de carácter fiscal, tratándose de las contribuciones y los accesorios que deriven directamente de aquéllas responsabilidades de las personas servidoras públicas, al Ministerio Público en ejercicio de sus funciones constitucionales; actos, procedimientos o resoluciones de las Secretarías de la Defensa Nacional y de Marina; salvo en lo relativo a las obligaciones en materia de simplificación, digitalización y registro de Trámites y Servicios en el Portal Ciudadano Único de Trámites y Servicios, que serán de observancia obligatoria para todas.
Artículo 2. Son objetivos de esta Ley:
I. Habilitar el Modelo Nacional para Eliminar Trámites Burocráticos;
II. Habilitar el Modelo Nacional para la Digitalización;
III. Habilitar el Modelo Nacional de Homologación de Trámites y Servicios, Compartición de Soluciones Tecnológicas y Desarrollo de Capacidades Públicas;
IV. Habilitar el Modelo Nacional de Atención Ciudadana;
V. Habilitar el Repositorio Nacional de Tecnología Pública;
VI. Establecer Llave MX como el mecanismo de autenticación e identificación en medios digitales;
VII. Habilitar el Portal Ciudadano Único de Trámites y Servicios;
VIII. Establecer las herramientas, instrumentos y acciones para promover las buenas prácticas regulatorias, y
IX. Establecer las obligaciones de las autoridades de los tres órdenes de gobierno para garantizar el cumplimiento de los objetivos de la presente Ley.
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