ANEXO 14 «Donatarias autorizadas» Resolución Miscelánea Fiscal 2021, DOF 12/01/2021

ANEXO 14 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2021, publicada el 29 de diciembre de 2020.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- HACIENDA.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Servicio de Administración Tributaria.
Anexo 14 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2021

CONTENIDO

* Información generada desde el 01 de enero hasta el 03 de diciembre de 2020, de conformidad con el artículo 36-Bis del CFF.

1. Autorizaciones.
A. Organizaciones civiles y fideicomisos asistenciales (artículo 79, fracción VI de la Ley del ISR)
B. Organizaciones civiles y fideicomisos educativos (artículo 79, fracción X de la Ley del ISR)
C. Organizaciones civiles y fideicomisos para la investigación científica o tecnológica (artículo 79, fracción XI de la Ley del ISR)
D. Organizaciones civiles y fideicomisos culturales (artículo 79, fracción XII de la Ley del ISR)
E. Organizaciones civiles y fideicomisos becantes (artículos 79, fracción XVII y 83 de la Ley del ISR)
F. Organizaciones civiles y fideicomisos ecológicos (artículo 79, fracción XIX de la Ley del ISR)
G. Organizaciones civiles y fideicomisos para la reproducción de especies en protección y peligro de extinción (artículo 79, fracción XX de la Ley del ISR)
H. Organizaciones civiles y fideicomisos de apoyo económico de donatarias autorizadas (artículo 82, penúltimo párrafo de la Ley del ISR)
I. Organizaciones civiles y fideicomisos para obras o servicios públicos (artículo 36, segundo párrafo del Reglamento de la Ley del ISR)
J. Organizaciones civiles y fideicomisos propietarios de bibliotecas privadas con acceso al público en general (artículo 134 del Reglamento de la Ley del ISR)
K. Organizaciones civiles y fideicomisos propietarios de museos privados con acceso al público en general (artículo 134 del Reglamento de la Ley del ISR)
L. Organizaciones civiles y fideicomisos de desarrollo social (artículo 79, fracción XXV de la Ley del ISR)

2. Autorizaciones para recibir donativos del Extranjero.

M. Organizaciones civiles y fideicomisos autorizados para recibir donativos deducibles en los términos del Convenio para Evitar la Doble Imposición e Impedir la Evasión Fiscal en Materia de Impuesto sobre la Renta, suscrito por el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y el Gobierno de los Estados Unidos de América (artículo 82 de la Ley del ISR vigente, antes artículo 70-B de la Ley del ISR vigente hasta el 31 de diciembre de 2001 y regla 3.10.7. de la RMF)

3. Autorizaciones vigentes en 2020.

4. Revocaciones.

5. Actualizaciones.
5.1. Cambios de Denominación
5.2. Cambios de Rubro

6. Rectificaciones.
6.1. Ejercicio 2018.
6.2. Ejercicio 2019.

7. Cumplimiento de Sentencias, Recursos de Revocación y Medida Cautelar.

8. Autorizaciones que pierden vigencia por el incumplimiento de la obligación correspondiente al ejercicio fiscal 2019 señalada en la regla 3.10.10. y ficha 19/ISR “Declaración informativa para garantizar la transparencia, así como el uso y destino de los donativos recibidos y actividades destinadas a influir en la legislación” contenida en el Anexo 1-A.

Lo anterior sin perjuicio de las sanciones que correspondan por las infracciones cometidas de acuerdo a las disposiciones legales aplicables.

9. Autorizaciones que pierden vigencia por el incumplimiento de la obligación correspondiente al ejercicio fiscal 2019 a que se refiere el artículo 86, tercer párrafo de la Ley del ISR, “Declaración anual de ingresos y egresos”.
Lo anterior sin perjuicio de las sanciones que correspondan por las infracciones cometidas de acuerdo a las disposiciones legales aplicables.

10. Organizaciones que presentaron Aviso de Cancelación en el Registro Federal de Contribuyentes.

11. Organizaciones que presentaron Aviso de Suspensión de Actividades en el Registro Federal de Contribuyentes.

 

Descarga el anexo 14 completo clic aquí

 

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